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SUSPENSIÓN PROVISIONAL AL DOCTOR JORGE ELIECER MOLA CAPERA

 

La Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura decretó la suspensión provisional por el término de tres meses al doctor Jorge Eliécer Mola Capera, Magistrado de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla. Esa decisión fue objeto de recurso de reposición por parte del funcionario investigado y por consiguiente en providencia del 13 de marzo de 2019, se confirmó la suspensión al considerar que se mantenían vigentes los requisitos establecidos en el artículo 157 de la Ley 734 de 2002, que reza que durante la investigación disciplinaria o el juzgamiento por faltas calificadas como gravísimas o graves, el funcionario que la esté adelantando podrá ordenar motivadamente la suspensión provisional del servidor público, sin derecho a remuneración alguna, siempre y cuando se evidencien serios elementos de juicio que permitan establecer que la permanencia en el cargo, función o servicio público posibilita la interferencia del autor de la falta en el trámite de la investigación o permite que continúe cometiéndola o que la reitere.

En efecto, en el caso objeto de examen del Magistrado Mola viene concediendo medidas provisionales de tutela interpuestas por el conflicto que se presenta en la ciudad de Barranquilla con la familia Acosta Bendek y el tema de la Universidad Metropolitana. Con esas determinaciones el investigado ha dejado sin efectos decisiones en procesos civiles y ha suspendido audiencias en procesos penales derivados del conflicto en mención.

Para la Sala esta situación puede reiterarse con la permanencia del funcionario en el cargo, por lo que ordenó suspensión provisional, pues en materia de tutela tal y como lo ha señalado la Corte Constitucional, las medidas provisionales son excepcionales y deben estar debidamente sustentadas por el Juez sin que puedan utilizarse de manera arbitraria so pretexto de la autonomía funcional.

Así las cosas, la medida se hará efectiva por parte de a Corte Suprema de Justicia que ya ha sido debidamente informada por la Sala de esta decisión. 

 

OFICINA DE COMUNICACIONES

SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA