null Por retener dineros producto de su gestión profesional, Comisión Nacional de Disciplina Judicial suspendió a abogada en Bolívar

La Comisión Nacional de Disciplina Judicial sancionó a Roxana Cecilia Ospino Ligardo por faltar a la honradez del abogado, consagrada en el artículo 35 de la Ley 1123 de 2007, al retener de forma indebida el dinero que le fue entregado producto de la gestión profesional que realizó en nombre de su poderdante.   

La abogada está suspendida del ejercicio de la profesión durante 18 meses y tendrá que pagar una multa de diez salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Ospino Ligardo representó a una firma comercial que tenía un embargo por casi 21 millones de pesos y figuraba como demandada en un proceso ejecutivo ante el Juzgado Trece Civil Municipal de Cartagena. Después de meses de litigio, las partes llegaron a un acuerdo económico por lo que la profesional del derecho solicitó al juzgado levantar la medida cautelar, pedido que fue resuelto favorablemente y el despacho le entregó un título judicial por el monto que había sido embargado.

A pesar de la autorización del desembolso, la abogada no notificó a sus poderdantes al respecto y solo seis meses después, cuando los representantes de la firma verificaron personalmente ante el despacho, Ospino Ligardo admitió la recepción del dinero advirtiendo que había sido consignado en su cuenta de ahorros, pero esta fue embargada por una autoridad de tránsito debido a las multas impuestas por un vehículo vendido.

Con ponencia del magistrado Carlos Arturo Ramírez Vásquez, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirmó que la profesional actuó en contravía de la rectitud y probidad, reteniendo indebida e indefinidamente los montos recibidos a pesar de las múltiples ocasiones en las que fueron exigidos por su poderdante.