null SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA ABSUELVE AL ABOGADO JOSÉ FERNANDO CHAVARRIAGA MONTOYA

Bogotá D.C., mayo 31 de 2019

 

SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA ABSUELVE AL ABOGADO JOSÉ FERNANDO CHAVARRIAGA MONTOYA

 

La Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, con ponencia del H. Magistrado Fidalgo Javier Estupiñán Carvajal, resolvió ABSOLVER al abogado José Fernando Chavarriaga Montoya, quien había sido suspendido, en primera instancia, por un término de tres (3) meses en el ejercicio de la profesión y a pagar una multa de dos (2) SMMLV, esto en el marco de un proceso ejecutivo en el cual el abogado había sido designado como "abogado de pobres".

Los hechos materia de la investigación se retrotraen a la queja presentada contra el referido abogado, por haber efectuado, en criterio de la denunciante, actos fraudulentos, al intervenir en la fijación de unas agencias en derecho dentro de un proceso ejecutivo hipotecario, cuando actúo bajo la figura del "amparo de pobreza".

Para la Sala, el abogado de pobres dentro de un proceso ejecutivo tiene derecho a una remuneración fijada por el Juez de Conocimiento, cuando se dan los presupuestos establecidos en el artículo 164 del C.P.C., esto es, "si el amparado obtiene provecho económico por razón del proceso", lo cual, en el caso en estudio, quedó plenamente demostrado, toda vez que el abogado disciplinado logró, para su amparada, un mayor beneficio económico al solicitar la actualización del predio rematado.

Concluyó la Sala: "Ahora bien, es claro que la Juez Civil, dentro de su análisis e interpretación del artículo 164 del C.P.C., consideró que la amparada obtuvo un provecho económico en razón del proceso por la actuación del abogado de pobre, designado por ella; decisión que correspondió a la autonomía e independencia del funcionario judicial. Situación está que elimina cualquier acto fraudulento por parte del abogado investigado, toda vez que no intervino en la decisión de la Juez de fijar las agencias en derecho".

 

OFICINA DE COMUNICACIONES

SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA