null Comisión Nacional de Disciplina Judicial sanciona a abogada en Neiva y recuerda que personas de la tercera edad son sujetos de especial protección constitucional

La Comisión Nacional de Disciplina Judicial sancionó con dos meses de suspensión del ejercicio del derecho a Gina Lorena Flórez Silva, por no adelantar un trámite de reliquidación de pensión que fue solicitado por su representado, un adulto mayor de 91 años de edad.

Con la ponencia del magistrado Julio Andrés Sampedro Arrubla, la corporación determinó que "en estos casos, la sanción disciplinaria cobra un papel especial, pues desde el enfoque de la justicia restaurativa, surge la concepción de la sanción como un elemento de protección de derechos y materialización de justicia" más aún cuando se vulneran derechos de sujetos de especial protección constitucional, como es el caso de las personas de la tercera edad.

En la providencia, el Alto Tribunal determinó que Flórez Silva cometió faltas contra la debida diligencia y la lealtad con el cliente, dado que su representado confió en el profesionalismo de la abogada y creyó en la información que ésta le brindó sobre el trámite, guardando la expectativa de obtener un incremento de su pensión y con ello, la posible mejora en su calidad de vida.

Aunque la sanción fue apelada en primera instancia, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial determinó que la suspensión del ejercicio de la profesión es ajustada porque el accionar de la abogada ocasionó un perjuicio a su cliente de 91 años de edad, quien estuvo en estado de desinformación y falsa expectativa.