null SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA RESUELVE CONFLICTO DE JURISDICCIONES EN CASO DE TRÁFICO DE ESTUPEFACIENTES

La Sala Jurisdiccional Disciplinaria resolvió un conflicto de jurisdicciones entre la Jurisdicción Ordinaria representada por el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado en Antioquia y la Jurisdicción Especial Indígena, representada por el Resguardo Indígena Zenú Tierra Santa del Municipio de la Apartada, Córdoba, en un proceso penal por tráfico, fabricación o porte de estupefacientes.

La investigación inició con la captura de Roberto Carlos Mendoza Flórez, quien, según miembros de la Policía Nacional, transportaba en una vía de Antioquia, treinta envases plásticos que en su interior contenían, al parecer, base de cocaína. Seguido a ello, el Juez Promiscuo Municipal con Función de Control de Garantías del Municipio de Arboletes, realizó la audiencia de legalización de captura, incautación del vehículo con fines de comiso, formulación de imputación de cargos e imposición de medida de aseguramiento.

Meses después, en audiencia de Juicio Oral ante el mismo Juzgado, el Juez manifestó que el Gobernador del Resguardo Indígena Zenú Tierra Santa del Municipio de La Apartada, Córdoba, había presentado un derecho de petición que indicaba que Mendoza Flórez, era Comunero del Resguardo y estaba adscrito a su Cabildo, y que no era competencia de la Justicia Ordinaria, juzgar a un miembro de la Comunidad Indígena, porque vulneraba derechos fundamentales al no notificar a la máxima autoridad de la Comunidad y omitir la competencia de la Jurisdicción Indígena. Solicitando así, la suspensión del proceso en la Jurisdicción Ordinaria Penal hasta que se resuelva el conflicto de competencias.

La Sala Jurisdiccional Disciplinaria facultada para resolver el conflicto de jurisdicciones, procedió a la respectiva investigación, en la cual solicitó a la Dirección de Asuntos Indígenas, ROM y Minorías del Ministerio del Interior, la existencia del Resguardo Indígena en mención, su Gobernador y si el Señor Mendoza Flórez, hacía parte de los listados y/o censos de los últimos cinco años de dicha Comunidad. Frente a esto, la Dirección de Asuntos Indígenas del Ministerio del Interior, se permitió oficiar a esta Colegiatura que el Cabildo Indígena Zenú Tierra Santa, no se encontraba registrado en la base de datos y que, de igual forma, Roberto Carlos Mendoza Flórez, no se encontraba registrado como miembro de ninguna comunidad.

En consecuencia, la Corporación resolvió asignar la competencia para conocer el proceso penal contra el Señor Mendoza Flórez, por el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes a la Jurisdicción Ordinaria Penal, representada por el Juzgado que había adelantado el proceso penal y no a la Jurisdicción Indígena.

 

OFICINA DE COMUNICACIONES

SALA DISCIPLINARIA

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA