null Sala Jurisdiccional Disciplinaria absuelve a dos abogados señalados de haber incurrido en faltas disciplinarias

 

Comunicado No. 059

 

Bogotá D.C., agosto 28 de 2020. La Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura conoció del proceso adelantado contra dos abogados, uno de ellos sancionado por haber incurrido en falta contra el régimen de inhabilidades e incompatibilidades, al haber ejercido la profesión encontrándose suspendido, y por otro lado, un abogado sancionado por indiligencia, a quien le fue sustituido el poder por el abogado suspendido.

Esta Corporación, al evaluar los comportamiento de los profesionales del derecho, encontró que el abogado suspendido, un vez conocida la sanción que generó la presunta afrenta al régimen de incompatibilidades, fijó su querer en sustituir las actuaciones que representaba en cualquiera de los extremos de la litis, como en el caso que originó la investigación disciplinaria, siendo ésta la única actuación desarrollada por el profesional, luego de la suspensión, razones por las cuales fue absuelto de dicho cargo.

En lo que corresponde al profesional que fue suspendido por indiligencia, se encontró que el poder del abogado principal fue revocado, pero el mismo no fue atendido por el Juzgado que conocía el asunto, por cuanto consideró que dicha revocatoria no debía ser presentada por la demandante que no tenia título de abogada, y su actuación dentro del proceso tenía que realizarse por intermedio de abogado, circunstancia que agrega formalidades que el procedimiento no tiene, por ello se consideró que en el proceso ordinario se incurrió en un yerro y el poder conferido, ya había sido revocado sin tener el profesional sancionado margen de actuación para señalar una presunta indiligencia, razones por las cuales fue absuelto de los cargos formulados. 

 

OFICINA DE COMUNICACIONES

SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA