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Centro de Relevo
La Rama Judicial reconoce y garantiza los derechos de las personas que desempeñan el trabajo doméstico y de cuidado no remunerado ya que con su labor aportan a la protección de los hogares y familias, núcleo de nuestra sociedad.
El desempeño de estas tareas no remuneradas restringe la posibilidad de que quienes los ejercen cuenten con ingresos propios y accedan a actividades de: formación, participación política y social, y trabajo remunerado.
Sentencia SC3463 – 2022
En un proceso de derechos sucesorales, se reconoce el aporte sustancial que realizan las mujeres que desempeñan labores domésticas y de cuidado al patrimonio de la sociedad conyugal / sociedad de hecho.