null Radicación QRS

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En el artículo 76 de la Ley 1474 de 2011, "...se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública".

En la norma se indica que "...en toda entidad pública, deberá existir por lo menos una dependencia encargada de recibir, tramitar y resolver las quejas, sugerencias y reclamos que los ciudadanos formulen, y que se relacionen con el cumplimiento de la misión de la entidad"
Es deber, por lo tanto recibir, tramitar y resolver las quejas, sugerencias y reclamos (que los ciudadanos formulen, y que se relacionen con el cumplimiento de la misión de la entidad.
Este formato en línea es uno de los canales QRS, que permite Recibir, Gestionar y Solucionar las quejas, reclamos y sugerencias que se presenten ante el Consejo Seccional de la Judicatura de Nariño-Putumayo, y la Dirección Seccional Ejecutiva de Administración Judicial  de Pasto y que se relacionen con el cumplimiento de la misión de la entidad.

 

Le solicitamos tener en cuenta esta información:

QRS no se debe entender como el medio para hacer solicitudes a los despachos de los distritos judiciales de Pasto y Mocoa o las dependencias del Consejo Seccional de la Judicatura de Nariño-Putumayo o de la DESAJ Pasto.  Recuerde que para este propósito están disponibles LOS CANALES DE COMUNICACIONA INSITUCIONALES, en particular,  EL LISTADO DE CORREOS INSTITUCIONALES https://bit.ly/CSJ-Nar-Pyo


link radicación QRS:
https://bit.ly/QRS-CSJ-Nariño-DESAJ-Pasto

También se informa que se ha dispuesto el correo qrspso@cendoj.ramajudicia.gov.co con el mismo propósito.

Se insiste en que en el nuevo link y en la nueva cuenta para QRS NO se dará trámite a peticiones, solicitudes o trámites que corresponden a funciones propias de los despachos de los distritos judiciales de Pasto y Mocoa o las dependencias del Consejo Seccional de la Judicatura de Nariño-Putumayo o de la DESAJ Pasto, ni tampoco a aquellas que son de trámite de la Comisión de Disciplina Judicial y que se deberán dar a conocer por los canales institucionales establecidos para ese propósito.
 

Sobre la radicación de QRS :

Se posibilita evaluar la percepción del grado de satisfacción de las QRS respondidas.

Se require hacer Seguimiento al trámite de QRS.

 
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CALLE 19#23-00 Palacio de Justicia - Bloque C, Piso 2
Telefono
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