null PRESENTACIÓN DE EXCUSAS DE LA NACIÓN - RAMA JUDICIAL

Señores:
ÓSCAR DARÍO DÍAZ,
RAMIRO BENÍTEZ MEDINA
FAMILIARES DEL SEÑOR CARLOS ARTURO ESCUDERO MURILLO



Asunto: Cumplimiento Sentencia CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN B Nueve (09) de julio de dos mil veintiuno (2021) Expediente: 05001233100020090038401(52717)

Respetados señores, y Familiares
De manera respetuosa y formal, me dirijo a ustedes en representación de la Nación - Rama Judicial para expresarles y presentarles sinceras disculpas, por la privación injusta de su libertad, la cual afectó sus derechos al buen nombre como factor intrínseco de la dignidad humana, garantizado tanto en la Constitución Política de Colombia como en diversos instrumentos internacionales sobre derechos humanos.

La presente misiva no solo obedece al cumplimiento de lo dispuesto en la Sentencia del día 9 de julio de 2021, proferida por el Honorable CONSEJO DE ESTADO - SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN B, dentro del medio de control de REPARACIÓN DIRECTA radicado con el número 5001233100020090038401(52717), donde se ordenó que: “(…) La Rama Judicial, en el término de un mes siguiente a la ejecutoria de esta providencia, deberá remitir con destino a los señores Óscar Darío Díaz y Ramiro Benítez Medina y a los familiares del señor Carlos Arturo Escudero Murillo, una misiva en la que exprese disculpas a raíz de la privación de la libertad de la cual fueron objeto. La Rama Judicial deberá coordinar con los aquí demandante si es suficiente con que el documento le sea entregado personalmente a ellos o si, además, debe publicarse en las plataformas de comunicación y difusión de la entidad por el término de seis meses. (…)”; sino también, por el deber que nos asiste como Rama Judicial de responder por las actuaciones y reconocer el daño antijurídico que con ellas se causó.
Finalmente se precisa que, de conformidad con la solicitud elevada por el apoderado de los demandantes el 21/06/2024, identificada con el código EXTDESAJME24-4086, se procederá con la publicación de este documento en la página web de la Rama Judicial, en los términos señalados en la sentencia.
En los anteriores términos se da cumplimiento a lo ordenado en la mencionada providencia judicial.

 

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