null Suspendido juez en Córdoba por conceder tutela a 1793 accionantes sin estar acreditados los requisitos para su procedencia

La Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirmó la suspensión por tres meses en el ejercicio del cargo impuesta al Juez Primero Promiscuo Municipal de Lorica, debido a que amparó los derechos constitucionales de 1793 personas que reclamaban el reconocimiento de prestaciones sociales derivadas de su vínculo laboral con el departamento de Córdoba o el municipio de Santa Cruz de Lorica, aunque dentro del proceso se adjuntaron comprobantes de pago de sueldo de solo siete accionantes.

Con ponencia del magistrado Carlos Arturo Ramírez Vásquez, la máxima autoridad disciplinaria de los funcionarios de la Rama Judicial reprochó la conducta del juez, al ser evidente que «se tornaba improcedente la tutela al existir otros recursos o medios de defensa judiciales para la satisfacción de sus derechos laborales, y no se acreditó que era imprescindible para evitar un perjuicio irremediable, pues la sustentación al respecto fue en extremo somera y las pruebas no daban cuenta de ello».

La corporación resaltó que, en este caso, la Corte Constitucional en sentencia T-705 de 2012 ya había advertido con anterioridad al funcionario sobre la inviabilidad de conceder la protección de derechos fundamentales sin pruebas que demostraran su violación o el riesgo de un perjuicio irremediable y la contrariedad de reemplazar a los jueces ordinarios en la resolución de este tipo de asuntos, pero el investigado hizo caso omiso de lo anterior y fomentó el ejercicio irrazonable de la tutela.