null Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirma la terminación anticipada del proceso contra abogado en Ibagué

La máxima autoridad disciplinaria de los abogados en el ejercicio de su profesión consideró que todo profesional del derecho, cuando asume la defensa de un caso, tiene a su alcance los medios legales permitidos por la norma.

Bogotá, 11 de marzo de 2023. @CNDJ_Col. La Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirmó la terminación anticipada de la actuación disciplinaria que se adelantaba en contra del abogado Luis Alejandro Quintero Sáenz al encontrar que no actuó de manera dilatoria o contraria dentro del procedimiento administrativo que adelantaba el profesional.

La queja contra el jurista se interpuso, por presentar dos escritos de recusación que retardaban el trámite administrativo del municipio de Ibagué contra el Consorcio Atria, por incumplimiento de contrato, y de quien Luis Alejandro Quintero Sáenz era apoderado desde el 2019; fecha desde la cual se le reconoce la personería legal, para representar los intereses del Consorcio.

En primera instancia, en audiencia de enero de 2022, se dispuso la terminación anticipada de la actuación por atipicidad de la conducta, en consideración a que el abogado utilizó todos los mecanismos legales para defender a su cliente, en aras de cumplir con el mandato conferido, sin que ello fuese objeto de reproche.

Inconforme con la decisión, el quejoso interpuso un recurso de apelación donde señaló en síntesis que con las recusaciones presentadas y aplazamientos se configura una dilación del proceso y con lo cual, además, se promovió una causa manifiestamente contraria a derecho.

Con ponencia de la magistrada Diana Marina Vélez Vásquez, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirmó la decisión en primera instancia, al encontrar que el abogado no actuó de manera dilatoria o contraria a derecho, ya que desplegó los mecanismos legales en defensa de los intereses de su poderdante al interior del procedimiento especial que se surtió en la sede administrativa al momento de imponer sanciones contractuales al Consorcio Atria.

La máxima autoridad disciplinaria de los abogados en el ejercicio de su profesión consideró que "Todo profesional del derecho, cuando asume la defensa de un caso tiene a su alcance los medios legales permitidos por la norma, siendo plausible presentar o acudir a aquellos como la recusación, cuando según su conocimiento, experiencia y criterio considera que la misma es procedente, ya que hace parte de la defensa integral de su cliente, quien es el que le encomienda el encargo".