null SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA RESUELVE CONFLICTO DE JURISDICCIONES EN SANTANDER

La Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura resolvió un conflicto de Jurisdicciones entre la Ordinaria, representada por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Bucaramanga, y la Contenciosa Administrativa, representada por el Tribunal Administrativo de Santander.

Los hechos se remiten a la solicitud por concepto de mandamiento de pago de honorarios y cuenta de cobro, instaurada por el señor Jorge Enrique Amado Castañeda, ante el Tribunal Administrativo de Santander, con ocasión a la prestación de servicios como perito financiero dentro del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho contra la empresa FRUCOL LTDA., sin que, al momento de la presentación de la solicitud, la entidad demandante hubiere realizado el pago.

La Colegiatura consideró que la solicitud de cobro ejecutivo, por su misma naturaleza, no era una sentencia proferida por la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la cual condene a una entidad pública al pago de determinadas sumas, ni deviene de un contrato estatal, sino de obligaciones crediticias por servicios profesionales por parte del Auxiliar de Justicia, quien rindió dictamen pericial, solicitado por FRUCOL LTDA., dentro de audiencia inicial, ambas partes, una persona natural y la otra jurídica de carácter privado. En consecuencia, la competencia para conocer el asunto era la Jurisdicción Ordinaria, representada en este caso por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Bucaramanga

 

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