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REPÚBLICA DE COLOMBIA

RAMA JUDICIAL

 

AVISO A LA COMUNIDAD

 

 

EL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE RICAURTE – CUNDINAMARCA

 

INFORMA A LA COMUNIDAD EN GENERAL

 

Que a partir del primero (01) de julio de 2020, se reanudaran los términos judiciales y la atención se prestará principalmente en forma virtual, para tal efecto se indica lo siguiente:

 

  1. Todos los memoriales, recursos y solicitudes en general, deberán ser presentados a través del correo institucional adscrito a este Juzgado jprmpalricaurtebt@cendoj.ramajudicial.gov.co.; en formato

 

  1. Todas las decisiones adoptadas por este Despacho en los procesos judiciales, se notificaran mediante Estado Electrónico, el cual será publicado en la página web de la Rama Judicial, al que se puede acceder en el siguiente enlace:  

https://www.ramajudicial.gov.co/web/juzgado-001-promiscuo-municipal-de-ricaurte.

 

  1. Solamente en casos excepcionales, cuando existan causas razonables que impidan que la atención judicial se brinde a través de canales virtuales, los usuarios de la Administración de Justicia, podrán solicitar una cita previa para recibir atención presencial, remitiendo al Correo Electrónico Institucional, la correspondiente solicitud, la cual deberá contener la identificación del solicitante ( nombre, cédula de ciudadanía, teléfono, correo electrónico), la identificación del proceso o del asunto que origina la petición de atención presencial, en que consiste la atención presencial solicitada,  las causas que impiden la atención judicial por canales virtuales o remotos, fecha y hora para la cual se solicita programar la atención presencial (debe tener en cuenta el pico y cédula que opere en el municipio y que la cita se otorgará dentro del horario de lunes a viernes de 8 a.m. a 1 p.m. y de 2 p.m. a 5 p.m.); además con dicha solicitud deberá declarar bajo la gravedad del juramento que usted no tiene síntomas  respiratorios, ni fiebre y  así mismo, que usted no se encuentra en cerco epidemiológico por un caso confirmado de covid-19 ni diagnosticado con dicha enfermedad. La cita se asignara a través del correo electrónico suministrado

 

  1. La solicitud de atención presencial se definirá a la menor brevedad posible. Si es aprobada, el usuario recibirá el formato de autorización de ingreso donde constara la fecha y hora de la cita y deberá exhibirlo al ingreso a la sede judicial junto con su documento de identificación. El ingreso excepcional a las instalaciones del Juzgado será sometido a las normas de bioseguridad que implican el uso obligatorio de tapabocas, control de temperatura, lavado de manos, desinfección de calzado, registro de ingreso y distancia social mínima de dos (2) metros.

 

  1. Las Audiencias se llevaran a cabo preferiblemente en forma virtual a través de la plataforma Institucional que indique al momento de la realización de la audiencia, la oficina de soporte técnico para audiencias virtuales asignada al Circuito Judicial de Girardot - Cundinamarca, para tal fin previo a la realización de la audiencia, un empleado del Juzgado, con autorización del Titular del Despacho,  se comunicará con los sujetos procesales involucrados, con el fin de remitir el link relacionado con la herramienta tecnológica a utilizarse en la realización de la audiencia y en forma previa se realizaran los ensayos correspondientes con dichos sujetos procesales a fin de que tenga éxito dicha audiencia.

 

  1. Las diligencias judiciales que deban desarrollarse fuera de la sede judicial, serán sometidas al protocolo que próximamente deberá emitir el Consejo Superior de la Judicatura.

 

  1. La entrega de Depósitos judiciales igualmente, deberán solicitarse a través del correo electrónico institucional. El Juzgado emitirá una orden de pago de manera virtual, la cual se hará efectiva en el Banco Agrario de Colombia a través del portal web transaccional.

 

  1. En materia civil las demandas nuevas también serán presentadas en forma virtual a través del correo institucional asignado a este Juzgado; en las cuales se indicará el canal digital donde deben ser notificadas las partes, sus representantes y apoderados. La parte demandante deberá enviar simultáneamente a la parte demandada por medio de correo electrónico copia de la demanda y de sus anexos; del mismo modo deberá proceder el demandante cuando al inadmitirse la demanda presente el escrito de subsanación.  un correo electrónico con la demanda, salvo que solicite medidas cautelares previas o el emplazamiento de la parte demandada. Así mismo se le recuerda a la parte demandante que las notificaciones a la parte demandada se deben realizar única y exclusivamente por la parte interesada.

 

  1. En materia penal las solicitudes de audiencias serán presentadas en forma virtual a través del correo institucional de este Juzgado y por el mismo medio se les comunicara la fecha y hora de la realización de la respectiva audiencia, al canal digital indicado por dichos sujetos procesales.

 

  1. Las partes, sujetos procesales, abogados, terceros e intervinientes en los procesos judiciales que se adelanten en este Juzgado, deberán informar al correo electrónico institucional del Juzgado, cual es el canal digital de su preferencia para todos los fines procesales, suministrando la dirección de correo electrónico. Así mismo, de conformidad con el inciso 2° del artículo 5 del Decreto 806 de 2020, la dirección del correo electrónico de los apoderados deberá coincidir con la inscrita en el Registro Nacional de Abogados.

 

  1. En igual sentido, todos los asuntos constitucionales serán tramitados en forma virtual. Las acciones de tutela deben presentarse mediante correo electrónico asignado al Juzgado o  a través del Aplicativo Web de recepción de tutelas y hábeas corpus: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/TutelaEnLinea; aplicativo que empezara a funcionar a partir del 01 de julio de 2020

 

 

 

 

 

 

 

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Carrera 15 No. 4 -99

Celular 3203941457

Ricaurte - Cundinamarca