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Centro de Relevo
Carrera 11 No. 17-53 Piso 3. Fax.: (038) 7430722 - 7431027 – 7430536
Correo institucional: j02admintun@cendoj.ramajudicial.gov.co
AVISO A LA COMUNIDAD
EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN EL DECRETO No. 806 DE 2020 Y LOS ACUERDOS PCSJA20-11567 Y PCSJA20-11581 DE 2020 DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA, EN LOS CUALES SE DISPONE LA ATENCIÓN A LOS USUARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSITICIA DE FORMA PREFERENCIAL A TRAVÉS DE MEDIOS Y CANALES ELECTRÓNICOS INSTITUCIONALES, EL JUZGADO SEGUNDO ADMINISTRATIVO ORAL DE TUNJA, PONE EN CONOCIMIENTO LOS SIGUIENTES CANALES DE ATENCIÓN, EN RELACIÓN CON LOS PROCESOS QUE CURSAN EN ESTE DESPACHO:
De conformidad con lo estipulado en el artículo 26 del Acuerdo No.PCSJA20-11567 y en el artículo 2 del Acuerdo No. PCSJA20-11581 del Consejo Superior de la Judicatura, la atención al público se realizará de manera virtual y, solamente en casos excepcionales mediante asignación de cita previa, con el medio dispuesto por cada juzgado, se autorizará la atención de manera presencial en nuestras instalaciones.
En el horario de 8:00 AM - 12:00 M y 1:00 PM - 5:00 PM:
En el horario de 8:00 AM - 12:00 M
correspondenciajadmtun@cendoj.ramajudicial.gov.co
RADICACION MEMORIALES ACCIONES CONSTITUCIONALES, UNICAMENTE EN EL SIGUIENTE CORREO:
corresaconjadmtun@cendoj.ramajudicial.gov.co
Se solicita que en los correos electrónicos se indique de forma clara el número de expediente y la referencia de la correspondencia enviada, a fin de facilitar el trámite de los mismos.
https://www.ramajudicial.gov.co/web/juzgado-02-administrativo-de-tunja
Las providencias se seguirán notificando por estado y se remitirán vía correo electrónico a las partes a las direcciones electrónicas suministradas al interior de cada proceso, y podrán ser consultadas en el micrositio web del juzgado al cual podrá acceder como se indicó en el numeral 3 de este comunicado.
https://consultaprocesos.ramajudicial.gov.co/Procesos
Las partes podrán acceder a piezas procesales que de manera justificada no tengan en su poder y requieran para desarrollar la actuación subsiguiente. De conformidad con los deberes de colaboración de los sujetos procesales señalados en los artículos 47 del CGP, 3 y 4 del Decreto 806 de 2020 se solicita a las partes que se abstengan de solicitar piezas procesales que tienen o deben tener en su poder o de providencias y demás actuaciones a la cuales pueden acceder conforme a los numerales 3, 4 y 5 de este aviso.
Para solicitar copia de la correspondiente pieza procesal, se deberá diligenciar el siguiente formulario:
https://forms.office.com/Pages/ResponsePage.aspx?id=mLosYviA80GN9Y65mQFZizKBkEa2GhlEipCfjA0qb7tUQVk0QUI3WU9UNk82U0ZEVVNCV1dGQlRSMy4u
Las audiencias se realizarán preferentemente a través de los medios virtuales a disposición del despacho y de las partes, los cuales serán dados a conocer oportunamente a los sujetos procesales y a los interesados.
La atención presencial se realizará de forma excepcional, previa cita y con autorización del despacho, en el horario comprendido de lunes a viernes, de 8:00 am a 12:00m, mediante el siguiente formulario:
https://forms.office.com/Pages/ResponsePage.aspx?id=mLosYviA80GN9Y65mQFZizKBkEa2GhlEipCfjA0qb7tUMTgySUJSUFpJQzlNR0o4TUcxRjJXSEkwMi4u
Una vez el despacho determine que su solicitud debe ser atendida en forma presencial, recibirá un correo electrónico mediante el cual se le indicará el día y la hora en el cual será atendido.
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 31 de Acuerdo PCSJA20-11567 de 5 de junio de 2020 las partes, abogados, terceros e intervinientes en los procesos judiciales o administrativos deberán suministrar la dirección de correo electrónico para recibir comunicaciones y notificaciones. Los abogados litigantes inscritos en el Registro Nacional de Abogados del Consejo Superior de la Judicatura deberán registrar y/o actualizar su cuenta de correo electrónico, de conformidad con las directrices que emita el Consejo Superior a través de la Unidad de Registro Nacional de Abogados.
Los apoderados deben informar cualquier cambio en sus direcciones electrónicas y los que no los hayan suministrado lo deberán hacer en el siguiente formulario:
https://forms.office.com/Pages/ResponsePage.aspx?id=mLosYviA80GN9Y65mQFZizKBkEa2GhlEipCfjA0qb7tUM1A5WThROVFWRTFFNFRaOFNWQ0hXT0NEUS4u
El envío de comunicaciones y providencias mediante mensaje de datos por parte de este despacho judicial se efectuará exclusivamente de la siguiente cuenta de correo electrónico: j02admintun@cendoj.ramajudicial.gov.co.
La autorización de pago de depósitos judiciales se regirá por la CIRCULAR PCSJC20-17 de 29 de abril de 2020 expedida por el Consejo Superior de la Judicatura (VER CIRCULAR), las solicitudes de pago de depósitos judiciales se radicarán en la siguiente cuenta del correo electrónico: correspondenciajadmtun@cendoj.ramajudicial.gov.co.
LAURA PATRICIA ALBA CALIXTO
JUEZ