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SE INFORMA AL PUBLICO EN GENERAL QUE MEDIANTE ACUERDO No. CSJBOA20-34 DEL 13 DE FEBRERO DE 2020, "Por medio de la cual se autoriza el cierre extraordinario del algunos Juzgados  de la Seccional Bolívar"

Se Resolvio:

ARTÍCULO   1 º:  CIERRE:  Autorizar el cierre  extraordinario  de  los  despachos  y  en  las fechas establecidas  en el listado anexo,   con el propósito de que se verifique el inventario de procesos a cargo, así como que establezcan los mecanismos físicos o tecnológicos  de recolección de las información estadística, con miras al reporte en los formularios SIERJU versión 2020, de conformidad a lo dispuesto en la parte motiva.

PARÁGRAFO 1:  De conformidad con el artículo 118 del C.G.P.,  los términos judiciales de los despachos  aludidos,  no correrán  mientras  permanezcan  cerrados.  Se exceptúan,  en este caso, los términos  de las acciones de tutela.

ARTÍCULO  2º: SITUACIÓN  ADMINISTRATIVA DE LOS SERVIDORES JUDICIALES: Durante  el periodo  del cierre,  los  servidores judiciales  se encargarán  de la  realización de los inventarios y organización  del despacho,  de conformidad a lo dispuesto  en la parte motiva.

 

ARTÍCULO  3º: COMUNICACIONES. Remitir copia del presente acuerdo a los despachos involucrados,  a la  Dirección  Secciona! de Administración  Judicial y a la presidencia  del Tribunal Superior de Cartagena.

 

Conforme al Acuerdo los dias del cierre del Juzgado Quinto Administrativo de Cartagena son los dias 28 de febrero y 2 de Marzo de 2020.

 

 

MARIA ANGELICA SOMOZA ALVAREZ

SECRETARIA

 
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SE INFORMA AL PUBLICO QUE MEDIANTE ACUERDO CSJBO20-84, EL CONSEJO SECCIONAL DE LA JUDICATURA – SECCIONAL BOLIVAR DEFINIO "los horarios de trabajo y de atención al público en los Distritos Judiciales de Cartagena, Bolívar y San Andrés, Isla, durante la emergencia sanitaria por el COVID-19"  ASI:

 

El horario de trabajo en Bolívar, será de 8:00 a. m. a 12:00 m. y de 1:00 a 5:00 p. m.

-El horario de trabajo en San Andrés, Isla, será de 8:00 a. m. a 12:00 m. y de 1:00 a 5:00 p. m.

-Atención al público, será virtual. Solo en casos excepcionalísimos se realizará atención presencial, únicamente en la jornada en la mañana, previa cita.

-Reiteración del cumplimiento de las medidas de bioseguridad y de los protocolos de acceso a las sedes judiciales.

 

Peticiones y memoriales deberan ser enviados al correo electronico admin05cgena@cendoj.ramajudicial.gov.co

a partir del 1º de julio de 2020, que se reanudan los terminos.

Atentamente,

 

MARIA ANGELICA SOMOZA ALVAREZ

SECRETARIA

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SE INFORMA QUE EL JUZGADO QUINTO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE CARTAGENA

 

ADMITIO DEMANDA ELECTORAL ASI:

 

Medio de control

ELECTORAL

Radicado

13001-33-33-005-2020-00079-00

Demandante

ORLANDO RAFAEL MERCADO VALETA

Demandado

MUNICIPIO DE MARIA LABAJA (DECRETO 056 DEL 30 DE ABRIL DE 2020 "POR MEDIO DEL CUAL SE REALIZA UN NOMBRAMIENTO EN EL CARGO DE GERENTE DE LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL LOCAL DE MARIA LA BAJA)

 

 

4 SE INFORMA QUE EL JUZGADO QUINTO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE CARTAGENA SE ADMITIO ACCION DE TUTELA DE LA REFERENCIA:
 
 
Medio de control Acción de tutela Radicado 13-001-33-33-005-2020-00114-00 Demandante ASOCIACIONES DE PESCADORES: DEL BARRIO BOSTON (DIOS Y MAR ), ASOCIACION DE PESCADORES DEL BARRIO LA ESPERANZA (ASOPESIBOL ),ASOCIACION DE PESCADORES DEL BARRIO LA MARIA (ASOPESMARIA ),ASOCIACION DE PESCADORES DEL BARRIO SAN FRANCISCO ( APAPU ),ASOCIACION DE PESCADORES DE LA CUCHILLA (ASOPECUCH ) , ASOCIACION DE PESCADORES ARTESANALES DE LA ZONA NORTE DEL DISTRITO DE CARTAGENA, (AGEAPAZNORTE) ASOCICIACION DE PESCADORES HAY UNA LUZ, ASOCIACION DE PESCADORES ASPROLAYA, ASOCIACION DE PESCADORES DE LA CIENAGA DE LA VIRGEN DEL MAR Y LA ESPERANZA Demandado ISA INTERCOLOMBIA, ANLA. DIRECCION GENERAL MARITIMA (DIMAR), DISTRITO DE CARTAGENA, EPA Vinculado: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible Auto Interlocutorio No. 215 Asunto Decidir sobre admisión 
 
QUEDANDO LA PARTE RESOLUTIVA ASI:
 
PRIMERO: ADMITIR la acción de tutela instaurada por las ASOCIACIONES DE PESCADORES: DEL BARRIO BOSTON (DIOS Y MAR ), ASOCIACION DE PESCADORES DEL BARRIO LA ESPERANZA (ASOPESIBOL ), ASOCIACION DE PESCADORES DEL BARRIO LA MARIA (ASOPESMARIA ), ASOCIACION DE PESCADORES DEL BARRIO SAN FRANCISCO ( APAPU ), ASOCIACION DE PESCADORES DE LA CUCHILLA (ASOPECUCH ), ASOCIACION DE PESCADORES ARTESANALES DE LA ZONA NORTE DEL DISTRITO DE CARTAGENA, (AGEAPAZNORTE) ASOCIACION DE PESCADORES HAY UNA LUZ, ASOCIACION DE PESCADORES ASPROLAYA, ASOCIACION DE PESCADORES DE LA CIENAGA DE LA VIRGEN DEL MAR Y LA ESPERANZA, contra ISA INTERCOLOMBIA, ANLA, DIRECCION GENERAL MARITIMA (DIMAR), DISTRITO DE CARTAGENA, EPA, por presunta vulneración de los derechos a la a Vida, a la Salud, la Seguridad Social, Igualdad y a la Dignidad Humana,
 
SEGUNDO: Vincular a presente acción al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, por lo expuesto.
 
TERCERO: Notifíquese personalmente al representantes legales de los accionados ISA INTERCOLOMBIA, Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), DIRECCION GENERAL MARITIMA (DIMAR), DISTRITO DE CARTAGENA, Establecimiento Público Ambienta (EPA) y del vinculado MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE y/o a quienes haga sus veces, de la presente acción por el medio más expedito.
CUARTO: Tener como prueba los docuementos anexos a la solicitud. ordenar a los accionantes aporten los videos y registros fotográficos que se señalan en el acapite de pruebas. ello en un termino de tres (03) dias.
QUINTO: Ofíciese a las accionadas y vinculado para que en el término de dos (2) días remitan un informe sobre los hechos narrados en la acción de tutela. Igualmente, suministren el nombre, identificación, cargo y dirección de notificación del empleado/funcionario responsable del cumplimiento de la sentencia en caso de que se acceda a la presente acción.
SEXTO: NO ACCEDER A LA MEDIDA PROVISIONAL SOLICITADA, por lo expuesto.
SEPTIMO: informar que los memoriales deberán presentarse al correo del Juzgado admin05cgena@cendoj.ramajudicial.gov.co en pdf y que por ese mismo medio y vía correo electrónico se notificarán las decisiones, por lo expuesto.
OCTAVO: Ordenar a al secretaria de este Despacho informar a la comunidad en general la existencia de la presente acción en la página web de la rama judicial. 
 
 Cartagena de Indias a los 8 dias del mes de septiembre de 2020 
 
MARIA ANGELICA SOMOZA 
Secretaria Juzgado 5 Administrativo de Cartagena