SE INFORMA QUE CON ACUERDO CSJBO20-84, EL CONSEJO SECCIONAL DE LA JUDICATURA – SECCIONAL BOLIVAR DEFINIO "los horarios de trabajo y de atención al público en los Distritos Judiciales de Cartagena, Bolívar y San Andrés, Isla, durante la emergencia sanitaria por el COVID-19"  ASI:

 

El horario de trabajo en Bolívar, será de 8:00 a. m. a 12:00 m. y de 1:00 a 5:00 p. m.

-El horario de trabajo en San Andrés, Isla, será de 8:00 a. m. a 12:00 m. y de 1:00 a 5:00 p. m.

 

-Atención al público, será virtual. Solo en casos excepcionalísimos se realizará atención presencial, únicamente en la jornada en la mañana, previa cita, si es necesario.

 

-Reiteración del cumplimiento de las medidas de bioseguridad y de los protocolos de acceso a las sedes judiciales.

Se le recuerda, que para brindar un optimo servicio, es deber de las partes diligenciar 

MEMORIALES IDENTIFICANDO RADICADO, MEDIO DE CONTROL ,PARTES Y CORREOS ELECTRONICOS LOS CUALES DEBERÁN SER REMITIDOS AL CORREO admin05cgena@cendoj.ramajudicial.gov.co

 

SE LE INFORMA QUE ESTE DESPACHO JUDICIAL A HABILITADO LA LINEA TELEFONICA VIA CELULAR No. 3114082892  A PARTIR DEL 1 DE JULIO DE 2020, EN LOS HORARIOS DE 8 AM -12 Y DE 1 PM A 5:00 PM.

 

Si el proceso es de radicado año 2020 las actuaciones, memoriales y notificaciones se adjuntarán a tyba.

Las notificaciones de estado, traslados, avisos, se podrán visualizar y descargar en la Pagina Web de la Rama Judicial- Juzgados Administrativo- Juzgado 5 Administrativo de Cartagena.

Con respecto a la presentación de demandas nuevas, deben presentarlas enviándolas por correo electrónico, recuerde que demanda y anexos deben estar completos en archivos pdf, incluyendo correos electrónicos de apoderado, demandante, demandado y terceros intervinientes, estas faltantes serán causal de inadmisión de demanda, conforme el Decreto 806 del 04 de junio de 2020. (Se adjunta acuerdo)

Articulo 6. Demanda. La demanda indicará el canal digital donde deben ser notificadas las partes, sus representantes y apoderados, los testigos, peritos y cualquier tercero que deba ser citado al proceso, so pena de su inadmisión. Asimismo, contendrá los anexos en medio electrónico, los cuales corresponderán a los enunciados y enumerados en la demanda. Las demandas se presentarán en forma de mensaje de datos, lo mismo que todos sus anexos, a las direcciones de correo electrónico que el Consejo Superior de la Judicatura disponga para efectos del reparto, cuando haya lugar a este. De las demandas y sus anexos no será necesario acompañar copias físicas, ni electrónicas para el archivo del juzgado, ni para el traslado. En cualquier jurisdicción, incluido el proceso arbitral y las autoridades administrativas que ejerzan funciones jurisdiccionales, salvo cuando se soliciten medidas cautelares previas o se desconozca el lugar donde recibirá notificaciones el demandado, el demandante, al presentar la demanda, simultáneamente deberá enviar por medio electrónico copia de ella y de sus anexos a los demandados. Del mismo modo deberá proceder el demandante cuando al inadmitirse la demanda presente el escrito de subsanación. El secretario o el funcionario que haga sus veces velará por el cumplimiento de este deber, sin cuya acreditación la autoridad judicial inadmitirá la demanda. De no conocerse el canal de digital de la parte demandada, se acreditará con la demanda el envío físico de la misma con sus anexos. En caso de que el demandante haya remitido copia de la demanda con todos sus anexos al demandado, al admitirse la demanda la notificación personal se limitará al envío del auto admisorio al demandado.

   Por ultimo se le informa que los memoriales y peticiones, son recibidos por medio de correo electrónico admin05cgena@cendoj.ramajudicial.gov.co, a partir del 1 de julio de 2020, y se les puede hacer seguimiento a través de la paginas web en la Consulta de Procesos, seleccionando la opción de Consulta de Procesos Unificada, y luego la opción de consulta que desees.

 

En cuanto a los memoriales de los procesos de legalidad deberán ser remitidos directamente al Tribunal Administrativo de Bolívar al correo electrónico:  stadcgena@cendoj.ramajudicial.gov.co.


La presentación de tutelas y habeas Corpus para  reparto se debe enviar al correo: ofijuficialcgena@cendoj.ramajudicial.gov.co, el cual corresponde a la oficina Judicial de Cartagena y para los procesos de control de legalidad se debe enviar al correo: ofapoyojadmcgena@cendoj.ramajudicial.gov.co, el cual pertenece a la oficina de Apoyo de los Juzgado Administrativos, la información enviada al correo debe contener escrito de la tutela, anexos y debe indicar el correo electrónico al cual desea que se le notifiquen todas las decisiones, ya que el trámite que se está realizando es totalmente virtual.

 

 

 

 

 

 Atentamente,

 

 

 

 

 

MARIA ANGELICA SOMOZA ALVAREZ

Secretaria Juzgado 5 Administrativo de Cartagena