El JUZGADO 71 PENAL MUNICIPAL CON FUNCIÓN DE CONTROL DE GARATÍAS

                                             

INFORMA A LA COMUNIDAD JUDICIAL

 

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el Acuerdo PCSJA22- 11930 del 25 de febrero de 2022 proferido por el Consejo Superior de la Judicatura, Acuerdos CSJBTA20-60 y CSJBTA20-61 del Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá  y del Decreto 806 preferido por el Ministerio de Justicia y del Derecho, se informa que a partir del 1 de marzo de 2022.

 

1.PRESTACIÓN DEL SERVICIO

 

La atención a los usuarios de la administración de justicia se CONTINUARÁ prestando de manera preferente virtual a través del correo institucional j71pmgbt@cendoj.ramajudicial.gov.co y/o mediante los abonados celulares 3003703621– Secretario y 3174845675 Oficial Mayor del Juzgado

 

Sin embargo, de considerarse necesario el acceso a la sede judicial en algún evento, se PROGRAMARÁ CITA PREVIA, por tanto, deben comunicarse por los medios antes indicados, PARA QUE DE MANERA CONCERTADA SE PUEDA EVALUAR LA NECESIDAD DE LA PRESENCIALIDAD, ESTO, EN CASO DE NO SER POSIBLE ATENDER LA SOLICITUD DE MANERA VIRTUAL, EN PROCURA DE GARANTIZAR LA SALUD, TANTO DEL USUARIO COMO DEL SERVIDOR PÚBLICO.

 

Se advierte que el horario de atención será de 8 de la mañana a 2 de la tarde, según se ha determinado por el Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá, hasta el 31 de marzo de 2021, en caso de cualquier variación en el horario de atención, puede ser consultado en la página web de la rama judicial o, a través del siguiente enlace https://www.ramajudicial.gov.co/web/consejo-seccional-de-la-judicatura-de-bogota/428.

 

2.COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES

 

Todas las peticiones, solicitudes y/o documentos de las acciones constitucionales y desacatos que cursen ante este estrado judicial SERÁN ATENDIDAS EXCLUSIVAMENTE a través del correo institucional j71pmgbt@cendoj.ramajudicial.gov.co y abonados telefónicos, garantizando el acceso a la administración de justicia, la publicidad y el derecho de contradicción de manera oportuna y eficaz.

 

En caso de requerir enviar un documento, se recomienda, remitir los escritos y anexos en archivos PDF, indicando de manera clara el tipo de solicitud, proceso o acción constitucional, correo electrónico y número de teléfono de contacto y ser allegado dentro del horario de atención virtual.

 

De otra parte, las providencias de las acciones de tutelas e incidentes de desacato que se emitan por virtud del levantamiento de la suspensión de términos se notificarán inicialmente a través de los correos indicados por los accionantes y accionados y de no ser posible se hará mediante las herramientas de Estados Electrónicos disponible en el portal web de la Rama Judicial, a través del siguiente vínculo: https://www.rhttps://www.ramajudicial.gov.co/web/rj/1285.

 

3.CELEBRACIÓN DE AUDIENCIAS VIRTUALES

 

Las audiencias virtuales se realizarán a través de la Plataforma TEAMS de Microsoft, para lo cual se requerirá que las partes y los intervinientes cuenten con un correo electrónico y de no ser posible por RP1, para lo cual, previo la asignación de la audiencia preliminar de parte del Centro de Servicios Judiciales, el Secretario del Despacho se comunicará con las partes interesadas para coordinar la realización de la diligencia judicial.

 

En caso de que se requiera realizar la audiencia de forma presencial se atenderán los lineamientos indicados para el ingreso a la Sede Judicial y las normas de bioseguridad.

Cordialmente,

 

JENNYFFER ADRIANA ROJAS MANCIPE

JUEZA