null CLICK ACA PROTOCOLO REALIZACIÓN AUDIENCIAS VIRTUALES

JUZGADO DOCE ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE TUNJA

 

 

PROTOCOLO PARA LA REALIZACIÓN DE AUDIENCIAS VIRTUALES

 

 

A CONTINUACIÓN ENCONTRARA LOS PASOS QUE SE DEBEN  ATENDER POR TODOS LOS SUJETOS PROCESALES E INTERVINIENTES DE LOS PROCESOS QUE SE ADELANTAN EN EL JUZGADO DOCE ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE TUNJA, CONFORME LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 183 DEL CPACA Y 103 DEL CGP, ASÍ COMO EL DECRETO LEGISLATIVO No. 806 DEL 4 DE JUNIO DE 2020, ARTÍCULOS 2 Y 7.

 

PASOS ANTES DE LA REALIZACIÓN DE LA AUDIENCIA. POR FAVOR LEA CON ATENTA NOTA:

 

  1. Se hará uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones, en especial, a través del canal TEAMS de Microsoft, por tanto se sugiere descargar dicho aplicativo, el cual es totalmente gratuito y no genera ningún costo su utilización. Se aconseja a las partes que días antes de la audiencia procure familiarizarse con las herramientas que ofrece la aplicación (como activar y desactivar cámara y micrófono, y como activar y desactivar el icono de la mano, para pedir el uso de la palabra). De usarse otro canal, el Juzgado informará a los interesados previamente a fin de garantizar las condiciones de acceso a las tecnologías, para asegurar que se apliquen criterios de accesibilidad y se restablezca si se requiere algún ajuste razonable que garantice el derecho a la administración de justicia en igualdad de condiciones y participación.

 

  1. Los sujetos procesales deberán contar con los requerimientos técnicos suficientes para realizar la audiencia, siendo indispensable que se cuente con dispositivos que garanticen audio y video, así como capacidad de acceso a internet suficiente para participar en la audiencia.

 

  1. Los intervinientes no podrán conectarse simultáneamente a través de dos dispositivos (computador, tabletas o teléfonos móviles, por ejemplo). Al momento de la audiencia la conexión deberá hacerse desde un solo dispositivo con el fin de evitar inconvenientes o interferencias en el audio. Sin embargo, podrá en caso de alguna falla en la conexión acudir a otro dispositivo dispuesto para dichos efectos, teniendo por tanto de antemano descargada la aplicación requerida.

 

  1. Las partes deberán verificar con la suficiente antelación que la cámara, audio y micrófono de su dispositivo se encuentre funcionando correctamente, al ser herramientas necesarias para el desarrollo normal de la diligencia.

 

  1. Una vez haya escogido el dispositivo en el cual va a participar de la audiencia verifique que el mismo tenga cargada la batería y que las conexiones a internet estén funcionando correctamente.

 

  1. Las partes deberán buscar un espacio en el que encuentre privacidad con el fin de que otras personas o el ruido de electrodomésticos o televisores no interrumpan el desarrollo de la audiencia.

 

  1. El agendamiento a la audiencia se realizará una vez quede ejecutoriado el auto que fije fecha para la respectiva audiencia, a los respectivos correos electrónicos que se hayan suministrado al interior del expediente.  Deberá tenerse siempre a la mano el link o enlace dispuesto para la audiencia con el fin de volver a acceder a la audiencia en caso de algún tipo de falla en la conexión.

 

  1. De conformidad con el numeral 5 del artículo 78 del CGP y el inciso 2 del artículo 175 del CGP y el artículo 6 del Decreto 806 de 2020, es deber de las partes y sus apoderados informar al Despacho cualquier cambio de dirección de notificaciones. Así mismo, todos los documentos, memoriales y en general la correspondencia dirigida a este proceso debe surtirse vía correo electrónico a la cuenta correspondenciajadmtun@cendoj.ramajudicial.gov.co.

 

  1. Los abogados deberán registrar su correo electrónico en el Registro Nacional de Abogados -SIRNA-. El origen y autenticidad de los memoriales se garantiza con el envío de estos, mediante correos electrónicos informados al proceso y registrados en el SIRNA.

 

  1. Los poderes presentados al Despacho otorgados por personas inscritas en el registro mercantil, deben provenir de la dirección de correo electrónico inscrito para recibir notificaciones judiciales en la cámara de comercio. En los demás casos deberá allegar el poder que le fue enviado mediante mensaje de datos proveniente del correo electrónico oficial de las entidades públicas o privadas o aquellos informados en las páginas web o en redes sociales.

 

  1. Las partes intervinientes deberán tener en formato digital a disposición los documentos y anexos que deban ser incorporados al expediente o presentados en audiencia, identificados con el radicado del proceso al cual van dirigidos. Se sugiere remitir los documentos al Juzgado una hora antes de la audiencia a fin de que esta no presente interrupciones y cumplir con el deber contenido en el artículo 3 del Decreto 806 de 2020.

 

  1. Es necesario que se conecten quince (15) minutos de antelación para participar en la realización de las pruebas técnicas, y si es del caso, superar los inconvenientes que se presenten antes del inicio de la diligencia, y poder inicial puntualmente.

 

  1.  En caso, que a la audiencia se deba acudir con testigos, peritos y/u otro interviniente, el poderdante que asuma la carga de su asistencia deberá comunicarle el día y la hora que el juez haya fijado para la audiencia y el objeto de la misma. También instruirlos sobre sus deberes, formalidades de la diligencia y el deber de exhibir su documento de identificación en formato original, e indicarle al Juzgado, el correo electrónico de los testigos, para remitir el enlace de la audiencia. Se deberá indicar al Juzgado si los testigos o peritos y otros, no tienen acceso a las herramientas digitales, y por tanto, que se requiere acceso del mismo, para poder disponer, si de ello es necesario, alguna sala habilitada en la sede del Juzgado u otras sedes según el caso.

PASOS DURANTE DE LA REALIZACIÓN DE LA AUDIENCIA. POR FAVOR LEA CON ATENTA NOTA:

 

  1. Una vez instalada la audiencia, los asistentes deberán guardar silencio, compostura y respeto por la Juez y demás sujetos procesales e intervinientes de la diligencia.

 

  1. Al iniciar la misma, la Secretaria ad hoc iniciará la grabación, y solamente ésta podrá darla por finalizada.

 

  1. Está prohibida la ingesta de comidas o bebidas durante el desarrollo de la audiencia. También se prohíbe comparecer a la diligencia bajo los efectos del alcohol o sustancias alucinógenas.

 

  1. Las partes deben portar la vestimenta apropiada para la diligencia judicial.

 

  1.  El uso de la palabra será otorgado por la Juez y solo en ese momento podrá hacerse uso del mismo. Durante toda la diligencia los micrófonos deberán permanecer silenciados.

 

  1. Las partes y los apoderados deben respetar el turno y el tiempo concedido para el uso de la palabra, utilizar un lenguaje y tono de voz adecuado, y respetuoso, así como una actitud decorosa con los demás intervinientes. Al momento de la audiencia deberán suministrar la siguiente información:

 

  • Nombre completo
  • calidad en la que actúa.
  • Tipo de identificación y número
  • Tarjeta profesional
  • Dirección de residencia, de domicilio y notificaciones
  • Expresar con claridad el correo electrónico (en caso de alguna modificación deberá informarlo al despacho)
  • Número de celular o teléfono de contacto
  • Lugar desde el cual se está conectando a la diligencia

 

  1.  Al momento de la audiencia los intervinientes deberán exhibir la documentación sobre identificación personal y profesional en original.

 

  1. Ante la imposibilidad de asistir a la audiencia deberá hacerlo saber al Despacho con tres (3) días de antelación con el fin de brindar el apoyo disponible.

 

  1. Durante el desarrollo de la audiencia deberán comunicar al Despacho si se presentan inconvenientes en la conectividad con evidencia de ello a través del correo electrónico o el número de teléfono disponible para el efecto.

 

  1. Para solicitar la intervención debe levantar la mano a través del icono que para ese propósito se encuentra ubicado en la barra de tareas  y/o en el chat/mensajes de texto del aplicativo Microsoft Teams o la plataforma tecnológica que se esté utilizando en la audiencia, una vez se les haya concedido volverlo a oprimir con el fin de que desaparezca el mismo (levanta tu mano y baja la mano). La palabra será otorgada por la juez.

 

  1. Las partes y apoderados que ingresen a la audiencia una vez iniciada, asumirán la actuación en el estado o en la etapa en que se encuentre al momento de su concurrencia. El Juez dejará la constancia respectiva.

 

  1. Durante la diligencia las partes deberán permanecer en un único punto de ubicación, el cual debe contar con una buena iluminación y libre de distracciones que afecten el normal desarrollo de la audiencia. El lugar escogido no debe tener interferencia de ruidos, sonidos o de electrodomésticos, entre otros.

 

  1. Los intervinientes deberán permanecer su dispositivo electrónico (computador, Tablet o celular) con la cámara encendida durante toda la diligencia de forma tal que durante la grabación se pueda observar el rostro para efectos de identificación.

 

  1. Las partes, sus apoderados y los demás asistentes a la audiencia, solo se retirarán de la misma al terminar la diligencia o cuando el Juez así lo autorice.

PASOS POSTERIORES A LA REALIZACIÒN DE LA AUDIENCIA. POR FAVOR LEA CON ATENTA NOTA

 

  1. La Juez anunciará el cierre de la audiencia.

 

  1. La actuación adelantada en desarrollo de las diligencias realizadas a través de medios virtuales será grabada por el Juzgado Doce Administrativo del Circuito de Tunja en su integridad en medios audiovisuales que ofrezcan seguridad para el registro de lo actuado, esta grabación obrará como prueba de lo acontecido en la diligencia, y de la misma se levantará la correspondiente acta que quedará registrada en el expediente digital, junto con la audiencia.

 

  1. El acta de la audiencia se compartirá con las partes una vez finalizada la audiencia, quienes previa identificación manifestaran expresamente por el mismo medio, su aceptación.

 

  1. En el evento en que la diligencia programada no pueda ser llevada a cabo de acuerdo con el protocolo aquí definido, la juez tomará las decisiones que correspondan frente a la continuidad de cada actuación para garantizar el debido proceso. 

 

  1. Finalmente, se les recuerda a las partes que la inasistencia de quienes deban concurrir no impedirá la realización de la audiencia, salvo su aplazamiento por decisión del Juez.

 

  1. Cualquier inquietud, duda o requerimiento en relación con lo anterior, podrán comunicarse y resolverlo en cualquiera de los siguientes canales de contacto:

 

Correo electrónico: correspondenciajadmtun@cendoj.ramajudicial.gov.co.

Teléfono Fijo: 7430692