Control social

 

No aplica para la Rama Judicial, ya que la Ley 1757 de 2015 regula la iniciativa popular y normativa ante las corporaciones públicas, el referendo, la consulta popular, la revocatoria del mandato, el plebiscito y el cabildo abierto; y establece las normas fundamentales por las que se regirá la participación democrática de las organizaciones civiles.

La Rama Judicial no es miembro del Consejo Nacional de Participación Ciudadano como se evidencia en el Articulo 79 de la mencionada Ley