null Decretan algunas medidas cautelares tendientes a superar los problemas de insalubridad que se presentan en la plaza de mercado Central de Abastos de Sogamoso “SOGABASTOS”

En el trámite de una acción popular la Procuraduría 32 Judicial I Agraria y Ambiental de Tunja, solicitó al Juzgado Primero Administrativo de Sogamoso que se decretara la medida cautelar prevista en el literal b) del artículo 25 de la Ley 472 de 1998, esto es, "Ordenar que se ejecuten los actos necesarios, cuando la conducta potencialmente perjudicial o dañina sea consecuencia de la omisión del demandado.". En consecuencia, se dispusiera en forma inmediata la suspensión de las actividades descritas en los informes técnicos presentados por la Secretaría de Salud de Sogamoso en el 2021 y en la nota interna enviada por esa misma entidad al alcalde municipal en la que se reiteró dicha solicitud de suspensión de actividades, por cuanto esa omisión conllevaba una posible vulneración de derechos a la salud y a la vida de quienes presentaron quejas ante el Ministerio de Salud.

Así mismo, para que se realizaran las acciones técnicas administrativas y financieras requeridas por la Secretaría de Salud del municipio de Sogamoso para ejecutar de manera urgente y perentoria todas las obras y adecuaciones requeridas a fin de corregir las deficiencias y hallazgos detectados en la Central de Abastos de Sogamoso "SOGABASTOS" y el incumplimiento de la normatividad sanitaria.

Accedió a tal petición el a quo y decretó algunas medidas cautelares; decisión que al ser objeto del recurso de apelación el Tribunal Administrativo de Boyacá la modificó, dando en su lugar las órdenes que enseguida se anuncian.

Al Alcalde municipal de Sogamoso, que en el término no superior a los 3 meses siguientes proceda a diseñar, socializar e implementar un plan que atienda, en su totalidad y en un tiempo razonable, las problemáticas que, conforme con los hallazgos de las visitas realizadas por la Secretaría de Salud del municipio y las actas de seguimiento, se presentan en la Central de Abastos de Sogamoso "SOGABASTOS", tales como estado de las instalaciones que permiten ingreso de animales (domésticos, gatos y perros , y no domésticos, palomas y ratas), que debe atenderse respetando las reglas de manejo de esas especies, vectores de contaminación, así como empozamiento de aguas residuales - lluvias o servidas -, mantenimiento general etc., el que debe ser presentado al a quo y frente al cual debe hacerse un reporte de avance cada 30 días.

Así mismo, que dentro de los 30 días calendario siguientes a la fecha de la providencia que se reseña proceda a adelantar las acciones que correspondan para que a través del SENA o cualquier otra entidad pública o privada con experiencia suficiente, se imparta capacitación obligatoria a los comerciantes de "SOGABASTOS", en temas relacionados con la manipulación y conservación adecuada de los alimentos y el manejo y tratamiento de residuos.

Al gerente de COSERVICIOS S.A. E.S.P., para que en lo sucesivo preste el servicio de recolección, transporte y disposición final de sus residuos sólidos todos los días de la semana mientras se decide de mérito la acción popular. Esto con el fin de que en coordinación con la alcaldía municipal de Sogamoso y los comerciantes realicen un cronograma con el fin de que una vez al mes se proceda a lavar el interior y exterior de la plaza de mercado y se realice la limpieza de sumideros internos y externos.

Así mismo, para que dentro de los 2 meses siguientes a la fecha de la providencia que así lo dispuso, adelante las acciones técnicas necesarias para proceder al control y eliminación efectiva de los vectores y plagas (ratas, cucarachas y palomas) que están presentes en el inmueble donde actualmente funciona esa plaza de mercado, para lo cual se tendrá en cuenta que en caso de que se generen desplazamientos de dichos animales se les garanticen sus derechos.

Al Director del Instituto de Tránsito y Transporte de Sogamoso que en lo sucesivo y mientras se decide la acción, disponga la realización de operativos de control vial en inmediaciones de la plaza de mercado los días martes, jueves y domingo de cada semana en los horarios de alto flujo vehicular con el fin de garantizar la movilidad en el sector.

Finalmente exhortó a todos los comerciantes de "SOGABASTOS" para que den cumplimiento a las normas de salubridad pública, así como para que presten su colaboración con el fin de superar los focos de insalubridad que allí se presentan.