null En el término de seis meses el municipio de Tunja deberá realizar algunas obras de mantenimiento al polideportivo del barrio Libertador de esta ciudad.

Mediante fallo de acción popular el Tribunal Administrativo de Boyacá declaró que el municipio de Tunja había vulnerado por omisión el derecho colectivo al goce del espacio público, la utilización y defensa de los bienes de uso público, frente al polideportivo público ubicado en la carrera 14 y la calle 4 del barrio Libertador de la ciudad.

Para proteger el derecho vulnerado esta corporación judicial le ordenó, si aún no lo hubiere hecho, realizar las siguientes obras de mantenimiento:

  1. Pintura en las canchas deportivas de baloncesto y/o futbol.
  2. A los juegos biosaludables ubicados en la parte superior del escenario.
  3. Reparar bordillos existentes que presentan deterioro.
  4. Reparar la gradería en la parte inferior donde se observan desprendimientos.
  5. Poda en la parte de juegos biosaludables.

El cumplimiento de las anteriores órdenes debe llevarse a cabo en el término de los 6 meses siguientes.

Para adoptar las decisiones anteriores consideró el Tribunal que el accionante había indicado que en el mencionado polideportivo existen canchas, espacios recreativos y deportivos cuyo uso es frecuente por la comunidad, los cuales mostraban daños y afectaciones en su infraestructura. Este escenario ocasionó que elevara requerimiento previo al municipio de Tunja el 12 de junio de 2018 para que tomara las medidas tendientes a la realización de estudios técnicos y detallados sobre su estado, las intervenciones requeridas para superar tal situación, la ejecución de un proyecto integral de intervención, mantenimiento y recuperación y la realización de las actuaciones administrativas y contractuales para ejecutar tal plan referido. En respuesta a ese requerimiento, el ente territorial accionado puso de presente la efectiva necesidad de intervenir ese escenario deportivo, en torno a su mantenimiento, cerramiento y acceso al mismo. También informó que en visita en compañía del representante de la junta de acción comunal del aludido barrio, se obtuvo el cuadro de cantidades de obra a ejecutar dadas las necesidades existentes, y, tales circunstancias, dieron lugar a que el ente accionado iniciara proceso contractual con ese fin, efectuando estudios previos y culminando con la firma del contrato de obra 1104 del 3 de diciembre de 2018.

En este orden de ideas, en sentir del cuerpo colegiado judicial no había duda que ese bien público presentaba necesidades en torno a su debido mantenimiento y conservación, pero solamente en los aspectos señalados, y, con ello, se actualizaba una amenaza y vulneración al derecho colectivo que fuera protegido.

Finalmente, ordenó compulsar copias del fallo y del informe de visita de campo realizada el 16 de julio de 2019, por el ingeniero especialista delegado por el secretario de Infraestructura del Departamento de Boyacá, a la Contraloría Municipal de Tunja y a la Procuraduría Provincial de Tunja para que, en la órbita de sus competencias, y si a bien lo tienen, inicien las investigaciones de orden fiscal y disciplinario en torno al posible detrimento patrimonial y faltas disciplinarias generadas con ocasión al desarrollo del contrato 1104 de 2018 suscrito entre el municipio de Tunja y la Unión Temporal NISA.