null Estos son los últimos fallos del TAB, en Control Inmediato de Legalidad de algunos decretos municipales en relación con diversos temas, como consecuencia del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica derivada del COVID-19. (14-07-2020)

 

MUNICIPIO

ACTO ADMINISTRATIVO

TEMA

FECHA/ DECISIÓN

Labranzagrande

 Decreto 21 de 20 de marzo de 2020

 "Por el cual se declara la situación de calamidad pública y/o urgencia manifiesta en el municipio de Labranzagrande Boyacá y se dictan otras disposiciones

10/07/20

 

PRIMERO: Declarar improcedente el control inmediato de legalidad respecto del Decreto No. 021 de 20 de marzo de 2020, expedido por el alcalde del Municipio de Labranzagrande, por las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia.

Soracá

 DECRETO No. 026 DE 2020

"Por el cual se modifica transitoriamente el horario de atención al público en la administración municipal con el propósito de prevenir el coronavirus"

10/07/20

 

Primero.- DECLARAR IMPROCEDENTE el control inmediato de legalidad respecto del Decreto 026 de 17 de marzo de 2020, expedido por el alcalde del municipio de Soracá "Por el cual se modifica transitoriamente el horario de atención al público en la administración municipal con el propósito de prevenir el coronavirus", de conformidad con lo indicado en la parte motiva de esta providencia.

Sativanorte

 DECRETO No. 036 DE 2020

"Por medio del cual se establece la modalidad aplicable a la jornada de trabajo de los empleados públicos en vigencia de las medidas de emergencia sanitaria generada por la pandemia COVID-19"

10/07/20

 

Primero.- DECLARAR IMPROCEDENTE el control inmediato de legalidad respecto del Decreto 036 de 25 de marzo de 2020, expedido por el alcalde del municipio de Sativanorte "Por medio del cual se establece la modalidad aplicable a la jornada de trabajo de los empleados públicos en vigencia de las medidas de emergencia sanitaria generada por la pandemia COVID-19", de conformidad con lo indicado en la parte motiva de esta providencia.

 

Segundo. - Ejecutoriada esta providencia, remítase copia de la misma a la contraloría general del departamento de Boyacá y a la alcaldía municipal de Sativanorte, seguidamente, archívese el expediente dejando las constancias del caso.

Ráquira

 Decreto 027 de 26 de marzo de 2020

 

"Por medio del cual se modifica el artículo 83 del Acuerdo No. 030 de 28 de diciembre de 2017", relacionado con el calendario tributario para el pago del impuesto de industria y comercio para el año 2020

10/07/20

 

PRIMERO: DECLARAR improcedente el control inmediato de legalidad del Decreto 027 del 26 de marzo de 2020, proferido por el Alcalde del Municipio de Ráquira, por cuanto no desarrolla ni reglamenta ningún decreto legislativo proferido en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.

Somondoco

 Decreto 024 de 24 de marzo de 2020

 

 

 "Por medio del cual se suspenden los términos de las actuaciones procesales que se adelantan en la Tesorería Municipal, Secretaría General y de Gobierno con funciones de Inspección de Policía y se adoptan otras medidas por motivos de salubridad pública",

10/07/20

 

PRIMERO: DECLARAR improcedente el control inmediato de legalidad del Decreto No. 024 de 24 de marzo de 2020, proferido por el alcalde del Municipio de Somondoco por cuanto no desarrollan ni reglamentan ningún decreto legislativo proferido en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.

Berbero

 Decreto 17 de 6 de abril de 2020

"Por el cual se amplían los plazos para el pago de impuestos para la vigencia fiscal 2020 en el municipio de Berbeo como consecuencia de la declaratoria de la situación de emergencia sanitaria y calamidad pública por la emergencia Nacional y Municipal declarada para la contención del Coronavirus –COVID – 19- y se dictan otras disposiciones".

10/07/20

 

Primero. PRIMERO. DECLARAR IMPROCEDENTE el control inmediato de legalidad respecto del Decreto 017 de 06 de abril de 2020 expedido por el alcalde del municipio de Berbeo "Por el cual se amplían los plazos para el pago de impuestos para la vigencia fiscal 2020 en el municipio de Berbeo como consecuencia de la declaratoria de la situación de emergencia sanitaria y calamidad pública por la emergencia Nacional y Municipal declarada para la contención del Coronavirus –COVID – 19- y se dictan otras disposiciones", conforme a las razones antes expuestas.

 

Segundo. Ejecutoriada esta providencia, remítase copia de ella a la Contraloría General del Departamento de Boyacá y a la Alcaldía del municipio de Berbeo y, seguidamente, archívese el expediente dejando las constancias del caso.

 

Úmbita

Decreto 040 de 29 de marzo de 2020

 "Por el cual se declara urgencia manifiesta en el Municipio de Úmbita como consecuencia de la declaratoria de situación de calamidad pública (Decreto municipal 038 de 2020), por la emergencia generada por el coronavirus-COVID-19 y se toman medidas preventivas y acciones transitorias de policía para la preservación de la vida y la contención de la situación epidemiológica"

10/07/20

 

PRIMERO: DECLARAR improcedente el control inmediato de legalidad respecto de los artículos quinto, sexto, séptimo, octavo, noveno y décimo del Decreto 040 de 29 de marzo de 2020, expedido por el alcalde del Municipio de Úmbita.

 

SEGUNDO: DECLARAR la legalidad de los artículos primero, segundo, cuarto y décimo primero del Decreto 040 del 29 de marzo de 2020, proferido por el Alcalde del Municipio de Úmbita, "Por el cual se declara urgencia manifiesta en el Municipio de Úmbita como consecuencia de la declaratoria de situación de calamidad pública (Decreto municipal 038 de 2020), por la emergencia generada por el coronavirus-COVID-19 y se toman medidas preventivas y acciones transitorias de policía para la preservación de la vida y la contención de la situación epidemiológica", de manera condicionada y en el entendido que los objetos contractuales a desarrollar se orientan a obtener: 1. Elementos, insumos, bienes y servicios, tendientes a garantizar la efectiva atención en salud 2. Atención prioritaria a través de la entrega de kits humanitarios (mercados) a la población vulnerable que lo requiera y 3. Suministro de tapabocas y guantes, para lo que se debe en todo caso, respetar por la administración municipal los principios de planeación y selección objetiva del contratista, y durante el término preciso dispuesto en los decretos 440 y 537 de 2020.

 

TERCERO: DECLARAR la legalidad del artículo tercero del Decreto 040 del 29 de marzo de 2020, salvo la expresión: "Tesorería Municipal" que se declara ilegal. Conforme al artículo 9° y 10° de la Ley 489 de 1998, de disponerse la delegación de funciones, ésta debe ser por escrito y en funcionario del nivel directivo.

 

CUARTO: De la anterior determinación, remítase copia a la Contraloría Departamental de Boyacá, para los efectos del artículo 43 de la Ley 80 de 1993.

 

QUINTO: EXHORTAR al alcalde del Municipio de Úmbita para que expida una regulación que acoja en su integridad las medidas dispuestas en el Decreto legislativo 460 de 2020 para la prestación del servicio de las comisarías de familia en el marco de la emergencia económica, social y ecológica.

Jericó

 Decreto 026 de 29 de marzo de 2020

 

 "Por el cual se dictan medidas referentes al servicio a cargo de la comisaria de familia, dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada por el Gobierno Nacional

10/07/20

 

PRIMERO: DECLARAR improcedente el control inmediato de legalidad del Decreto 026 de 29 de marzo de 2020, expedido por la alcaldesa del Municipio de Jericó.

 

SEGUNDO: EXHORTAR a la alcaldesa del Municipio de Jericó para que expida una regulación que acoja en su integridad las medidas dispuestas en el Decreto legislativo 460 de 2020 para la prestación del servicio de las comisarías de familia en el marco de la emergencia económica, social y ecológica.

Cómbita

 Decreto 43 de 24 de marzo de 2020

"Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19 para el mantenimiento del orden público, se declara la Urgencia Manifiesta y se dictan otras disposiciones en el Municipio de Cómbita - Boyacá"

10/07/20

 

Primero. - Declarar improcedente el control de legalidad frente a los artículos primero a tercero, décimo tercero a décimo séptimo (quese tiene como otro décimo segundo) del Decreto 043 de 24 de marzo de 2020, expedido por el alcalde del Municipio de Cómbita, por las razones expuestas.

 

Segundo.- Declarar la ilegalidad de las expresiones "desde el 24 de marzo hasta el 23 de abril de 2020" y del parágrafo del artículo cuarto y el artículo décimo primero del Decreto 043 de 24 de marzo de 2020, expedido por el alcalde del Municipio de Cómbita, por las razones expuestas.

 

Tercero.- Declarar la legalidad de los artículos cuarto, con la salvedad de lo declarado ilegal en el artículo segundo, a décimo de Decreto 043 de 24 de marzo de 2020, expedido por el alcalde del Municipio de Cómbita por las razones expuestas, condicionada tal legalidad a que los contratos a celebrarse recaigan exclusivamente sobre los bienes descritos en el acta No. 7 del Consejo de Gestión Riesgo de Desastres de 21 de marzo de 2020.

 

Cuarto. - Declarar la legalidad del artículo décimo segundo del decreto 043 de 24 de marzo de 2020, expedido por el alcalde del municipio de Cómbita.

 

EXHORTAR al alcalde de Cómbita a que desarrolle lo relacionado con el cumplimiento de los parámetros de aplicación del decreto legislativo 460 de 2020, artículo primero.

 

Quinto.- En firme esta providencia, remítase copia a la Alcaldía del Municipio de Cómbita, a la Contraloría General del Departamento de Boyacá, y luego, archívese el expediente dejando las constancias de rigor.

Tópaga

 Decreto 28 de 27 de marzo de 2020

"Por el cual se declara la calamidad pública y se dictan otras disposiciones con ocasión de la situación epidemiológica causada por el Coronavirus (COVID-19) en Tópaga Boyacá"

10/07/20

 

PRIMERO.- Declarar improcedente el control inmediato de legalidad del Decreto 28 del 27 de marzo de 2020, proferido por el alcalde del Municipio de Tópaga, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.

 

 

MUNICIPIO

ACTO ADMINISTRATIVO

TEMA

FECHA/ DECISIÓN

Cuítiva

 Decreto No. 030 de 24 de marzo de 2020

"POR MEDIO DEL CUAL SE REALIZA UN TRASLADO DENTRO DEL PRESUPUESTO DE RENTAS Y GASTOS DEL MUNICIPIO DE CUITIVA, BOYACA PARA LA VIGENCIA FISCAL 2020, COMPRENDIDA ENTRE EL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE",

10/07/20

 

Primero. Declarar improcedente el control inmediato de legalidad frente al Decreto No. 030 de 24 de marzo de 2020 expedido por el Alcalde Municipal de Cuítiva, por las razones vertidas en la parte motiva de esta sentencia.

 

Iza

 Decreto No. 023 de 24 de marzo de 2020

"POR MEDIO DEL SE CREA UN RUBRO Y SE EFECTÚA UNOS TRASLADOS DENTRO DEL PRESUPUESTO DE RENTAS, GATOS E INVERSIONES DE LA VIGENCIA 2020, ACUERDO 020 DEL VEINTINUEVE (29) DE NOVIEMBRE DE 2019"

10/07/20

 

Primero. Declarar improcedente el control inmediato de legalidad frente al Decreto No. 023 de 24 de marzo de 2020 expedido por el Alcalde Municipal de Iza, por las razones vertidas en la parte motiva de esta sentencia.

 

Villa de Leyva

 DECRETO No. 060 DEL 31 DE MARZO DE 2020

 

POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTUAN (sic) UNOS TRASLADOS EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS DEL MUNICIPIO DE VILLA DE LEYVA PARA LA VIGENCIA FISCAL 2020.

10/07/20

 

PRIMERO: DECLARAR improcedente el control inmediato de legalidad del Decreto No. 060 del 31 de marzo de 2020, expedido por el Alcalde del MUNICIPIO DE VILLA DE LEYVA, por las consideraciones efectuadas en la parte motiva de esta sentencia.

Puerto Boyacá

 DECRETO No. 064 DEL 30 DE MARZO DE 2020

 

Por el cual se SUSPENDE el término liquidación por facturación y el término del descuento por pronto pago del impuesto predial unificado de la vigencia 2020.

10/07/20

 

PRIMERO: DECLARAR improcedente el control inmediato de legalidad del Decreto No. 064 del 30 de marzo de 2020, expedido por el Alcalde del MUNICIPIO DE PUERTO BOYACÁ, por las consideraciones efectuadas en la parte motiva de esta sentencia.

 

 

Garagoa

 Resolución No. 025 de 29 de marzo de 2020

"POR LA CUAL SE REGULAN LAS SESIONES NO PRESENCIALES EN EL CONCEJO MUNICIPAL DE GARAGOA – BOYACÁ Y SE ADOPTAN MEDIDAS DE CARÁCTER TRANSITORIO COMO CONSECUENCIA DE LA EMERGENCIA SANITARIA POR EL COVID-19 Y SE ADOPTAN OTRAS DETERMINACIONES"

10/07/20

 

 

Primero. Declarar improcedente el control inmediato de legalidad frente a la Resolución No. 025 de 29 de marzo de 2020 expedida por la Mesa Directiva del Concejo Municipal de Garagoa, por las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia.

 

Departamento de Boyacá

 Decreto No. 207 de 30 de marzo de 2020

"Por el cual se amplía el periodo institucional de los Gerentes de las Empresas Sociales del Estado del orden Departamental"

10/07/20

 

Primero. Declarar improcedente el control inmediato de legalidad frente al Decreto No. 207 de 30 de marzo de 2020 expedido por el Gobernador del Departamento de Boyacá, por las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia.

 

Paya

 DECRETO No. 200.15/00032 DEL 24 DE MARZO DE 2020

 

‘POR EL CUAL SE DECLARA LA URGENCIA MANIFIESTA EN EL MUNICIPIO DE PAYA POR LA DECLARATORIA DE CALAMIDAD PÚBLICA Y SE ADOPTAN MEDIDAS PARA HACER FRENTE A LA EMERGENCIA SANITARIA GENERADA POR EL COVID-19 ADOPTADA POR EL GOBIERNO NACIONAL"

10/07/20

 

PRIMERO: DECLARAR improcedente el control inmediato de legalidad del Decreto No. 200.15/00032 del 24 de marzo de 2020, expedido por el alcalde del MUNICIPIO DE PAYA, por las razones señaladas en precedencia.

Chinavita

 Resolución No. 019 de 4 de mayo de 2020

"POR MEDIO DE LA CUAL SE REGULAN LAS SESIONES NO PRESENCIALES EN EL CONCEJO MUNICIPAL Y SE AUTORIZA A LOS CONCEJALES PARA DELIBERAR Y DECIDIR POR COMUNICACIÓN SIMULTANEA O SUCESIVA DE MANERA NO PRESENCIAL EN LAS SESIONES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS DEL AÑO 2020 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES",

10/07/20

 

Primero. Declarar improcedente el control inmediato de legalidad frente a la Resolución No. 019 de 4 de mayo de 2020 expedida por la Mesa Directiva del Concejo Municipal de Chinavita, por las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia.