null Conozca los términos del pacto de cumplimiento para solucionar la emergencia sanitaria y ambiental del Municipio de Pauna, generada por restos humanos expuestos en su cementerio, colapso de bóvedas y movimiento de tierra que está vertiendo material a sus fuentes hídricas.

A través de demanda de acción popular en contra del Municipio de Pauna, el Departamento de Boyacá - Secretaría de Salud-, CORPOBOYACÁ y la Parroquia San Roque del mencionado municipio, la Procuradora 32 Judicial I Agraria y Ambiental de Tunja y el Personero de Pauna, denunciaron, en síntesis, que el cementerio de esa localidad no contaba con cerco perimetral, ni estaba respetando la ronda de protección en relación con la quebrada la Manotera; que  en razón a la dinámica normal de las fuentes hídricas se presentaban fenómenos erosivos que conllevaban a que la parte de las bóvedas hubiera colapsado, generando vertimientos y exposición de residuos óseos por el material que era arrastrado a la mencionada quebrada, fuente abastecedora de agua potable de la zona. 

  

Adicionalmente, refirieron los actores populares que el estado del cementerio generaba olores ofensivos, riesgosos y no contaba con un sitio de disposición de residuos peligrosos provenientes de exhumaciones. Que a media cuadra estaba ubicado el Colegio Técnico Nacionalizado de Pauna, por lo que sus estudiantes se veían expuestos a riesgo sanitario inminente, incumpliendo con la regulación establecida en el Plan Integral de Gestión de Residuos Sólidos. 

 

Con base en los hechos expuestos, solicitaron que en amparo de los derechos colectivos invocados, se ordenara al Municipio de Pauna y a su Parroquia San Roque, la adopción de algunas medidas cautelares y como pretensiones se ordenara: i) A las autoridades demandadas la realización de un estudio técnico que determinara la viabilidad de operación y funcionamiento del cementerio en el lugar donde se encontraba, y ii) A CORPOBOYACÁ la imposición de las medidas preventivas a que hubiere lugar como consecuencia de la situación ambiental indicada.  

 

Dentro del trámite procesal, por auto del 17 de septiembre de 2019, la corporación judicial declaró el estado de emergencia sanitario y ambiental en el Municipio de Pauna y accedió a las medidas cautelares solicitadas. Contra esta decisión, se interpuso recurso de apelación que fuere resuelto por parte del Consejo de Estado confirmándola.  

 

Posteriormente, las accionadas contestaron la demanda y se programó audiencia de pacto de cumplimiento. En esta diligencia, luego de escuchar la propuesta presentada por el Municipio de Pauna, el Magistrado Ponente solicitó a los actores y al Ministerio Público formular una contrapropuesta que abarcara la protección de los derechos invocados y conminó a las demás accionadas a estudiar la situación de vulnerabilidad del medio ambiente y el marco competencial a su cargo a efectos de consolidar un pacto de cumplimiento integral.     

 

Así fue como en audiencia del pasado 24 de agosto, las autoridades accionadas formularon propuesta de pacto de cumplimiento consolidada en un cronograma contentivo de las tareas y actividades a ejecutar para dar solución a la problemática ambiental generada por el cementerio municipal, el cual se encuentra inserto en la providencia que se reseña.  

 

Corolario de lo anterior, el Tribunal encontró que la propuesta de pacto de cumplimiento construida con el apoyo y aquiescencia de los actores populares, la Procuraduría General de la Nación y  Defensoría del Pueblo, aunada a las fórmulas presentadas por CORPOBOYACÁ y la Secretaría de Salud de Boyacá, eran lo suficientemente completas, detallas y precisas para proceder a su aprobación, habida consideración a que contribuía a garantizar la prestación del servicio del cementerio municipal a la comunidad en óptimas condiciones de sanidad y salubridad, así como a la protección y recuperación de las fuentes hídricas circunvecinas -quebrada La Manotera y caño innominado-, para lo cual resultaban convenientes y adecuadas las acciones de reforestación y solidificación de suelo propuestas por CORPOBOYACÁ.   

 

En este estado las cosas, era evidente que en este caso se cumplía con los requisitos establecidos por el Consejo de Estado para la aprobación del pacto de cumplimiento, entre otros, que las actividades propuestas en el cronograma amparaban integralmente los derechos e intereses colectivos invocados en la demanda popular. De esa forma se satisficieron de manera integral las pretensiones formuladas por los accionantes a saber: realización de cerco perimetral, protección de la ronda de la quebrada, reubicación de bóvedas en riesgo de colapso y ubicadas dentro del margen de protección de la quebrada, medidas urgentes tendientes al sellamiento de bóvedas que se encuentran en deterioro, adopción de medidas sanitarias, adecuación del área de exhumación, protección de la comunidad estudiantil vecina, e imposición de medidas preventivas y sancionatorias en materia ambiental.  

  

Recodó igualmente el Tribunal que en el cronograma de actividades no fue incluida la pretensión relativa a la realización de un estudio técnico relacionado con la viabilidad del funcionamiento y eventual traslado del cementerio municipal. Al respecto sostuvo que la vulneración de los derechos e intereses colectivos devenía de la situación de salubridad generada en el cementerio y no en razón de su ubicación respecto de lo regulado en el PBOT.     

  

Entonces, resultaba evidente que con la eficiente ejecución de las actividades pactadas, se lograría la protección de los derechos colectivos que actualmente les estaban siendo vulnerados y amenazados a los habitantes del Municipio de Pauna, a fin de garantizar a la comunidad su goce efectivo. En este sentido, consideró el Tribunal que era procedente avalar el pacto de cumplimiento propuesto por las partes. 

 

Rad: 15001233300020190048200. Fecha: 08-09-20