null ANULAN ACUERDO MUNICIPAL QUE MODIFICABA EL ESQUEMA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE BOAVITA.

Esta decisión de única instancia la tomó el Tribunal Administrativo de Boyacá al considerar que las autoridades municipales obviaron la participación democrática durante el trámite previo del proyecto de acuerdo de modificación del EOT del municipio de Boavita, pues además de no existir certificación alguna de cumplimiento de dicha garantía institucional de participación, en los considerandos del mismo se dejó claro que una vez la administración obtuvo los dos conceptos, es decir el de CORPOBOYACÁ y el del Consejo Territorial de Planeación, procedió a la presentación oficial del proyecto de modificación excepcional del EOT para la aprobación de la corporación edilicia.

 

Señaló, en consecuencia que saltaba a la vista el incumplimiento de las autoridades municipales de Boavita respecto de la garantía del principio de participación democrática; irregularidad que afectaba la validez del trámite dado al proyecto de acuerdo de modificación del EOT.

 

Finalmente, como si lo anterior no bastara, el tribunal encontró que, en todo caso, la autoridad municipal pretermitió el plazo máximo con el que contaba para radicar el respectivo proyecto de acuerdo de modificación del EOT ante el Concejo Municipal. En efecto, según lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 388 de 1997, el proyecto de plan de ordenamiento territorial, como documento consolidado después de surtir la etapa de la participación democrática y de la concertación interinstitucional, debe ser presentado por el alcalde a consideración del concejo municipal, dentro de los 30 días siguientes al recibo del concepto del Consejo Territorial de Planeación.

 

En el caso concreto el referido concepto fue expedido el 18 de noviembre de 2014, mientras que el proyecto de acuerdo era de fecha 20 de mayo de 2015, esto es, con 6 meses de diferencia, prima facie, plazo muy superior al previsto en la norma legal.

 

Por todo lo anterior, la Sala encontró fundadas las razones de inconstitucional e ilegalidad expuestas por el Departamento de Boyacá en contra del Acuerdo N° 012 del 30 de mayo de 2015, expedido por el Concejo Municipal de Boavita, "POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EXCEPCIONALMENTE EL ESQUEMA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL EOT DEL MUNICIPIO DE BOAVITA", y por consiguiente, se procedió a declarar su invalidez, despojándolo de todo efecto desde la fecha de su promulgación.

 

(Expediente 15001233300020150050300)