null DECLARAN INCONSTITUCIONAL PREGUNTA QUE EL MUNICIPIO DE TENZA PRETENDÍA SOMETER A CONSULTA POPULAR, RELACIONADA CON LA INSTALACIÓN DE TORRES DE ENERGÍA EN SUS VEREDAS.

En providencia del 7 de febrero de 2017 el Tribunal Administrativo de Boyacá declaró no ajustado a la Constitución Política, el texto de la pregunta que se pretendía someter a consulta popular en el Municipio de Tenza, en razón a que si bien no se desconocía la autonomía que ostentan los municipios para ordenar el uso del suelo dentro de su territorio, el mismo no podía desconocer los principios a los que se encontraba sometido, tales como la coordinación y concurrencia en relación a la distribución de la competencia entre la Nación y las entidades territoriales, toda vez que el Proyecto Norte que pretende ejecutar la Empresa de Energía de Bogotá - EEB, consistente en la instalación de 59 torres de energía en 6 de las veredas que hacen parte de ese municipio, trasciende más allá de la destinación que del suelo haga el mismo, pues dicho proyecto implica una transformación en la estructura del suelo sobre el cual se ha de ejecutar, que trae consecuencias ambientales y sociales para los habitantes de dichas zonas.

 

En ese sentido, señaló la corporación, no solo el municipio tiene la potestad de decidir sobre la viabilidad de dicho proyecto, sino también las diferentes autoridades nacionales y ambientales que tengan interés y que deban, por mandato legal y constitucional, intervenir para ejercer control y supervisión sobre las actividades que se pretenden realizar.